En audiencia del 4 de agosto de 2026, llevada adelante en los Tribunales Provinciales de Cañada de Gómez, el Juez de primera Instancia Dr. Campos resolvió homologar el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía representada por el Fiscal Dr. Juan Pablo Baños, aceptado por la Defensa, convalidado por las partes, condenando a Sebastián Josué Roldán de 21 años a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional por el delito de intimidación pública en grado consumado en calidad de coautor; y a Blas Matías Tano de 21 años a la pena de 2 años y 6 meses de prisión de ejecución condicional por los delitos de intimidación pública en caŕacter de autor y portación ilegal de arma de fuego de uso civil en carácter de autor, hechos en concurso real.
Además a ambos se imponen, por el mismo plazo de cada condena, las siguientes reglas de conducta: a) Fijar residencia, b) Someterse al cuidado de la Agencia de Medidas no Privativas de la Libertad, c) Prohibición de acercamiento a 300 metros del lugar de los hechos, y de personas involucradas, como así también prohibición de contacto por cualquier medio contra las mismas, medida que es extensiva a llamadas telefónicas, mensajes de texto y mensajes a través de las redes sociales, d) Abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas, e) Prohibición de tener armas de fuego y municiones y portar cualquier tipo de armas y municiones, f) Prohibición de ingreso al Club Sportivo Las Parejas y a estadios de fútbol en eventos de la liga local, santafesina, nacional e internacional.
Se les atribuye el hecho de fecha 06 de junio de 2026, aproximadamente a las 03:45am, en oportunidad de estar Roldán circulando bordo de una motocicleta de alta cilindrada estilo CG Titan de color negra con detalles en rojo, haciéndolo en compañía de Blas Matías Tano, al circular por las inmediaciones de Avenida 21 entre las alturas del 1400 y 1500, haber infundido temor público a las personas que habitan en esa zona con motivo de conflictos personales mantenidos entre integrantes de la hinchada de fútbol del Sportivo Atlético Club de Las Parejas, con dos facciones identificadas, teniendo domicilio, vinculación y pertenencia los condenados con uno de esos grupos. Dicha conducta fue desplegada gracias a la división de tareas realizaron en forma conjunta y que se detalla a continuación: Roldán condujo la motocicleta en cuestión y al pasar por la zona referida, Blas Matías Tano efectuó al menos cinco detonaciones de arma de fuego apuntando hacia el aire, utilizando para ello un revólver calibre 22 largo; para luego trasladarse dos cuadras más adelante donde Blas Tano pasó a conducir la referida motocicleta quedando Roldán como acompañante; retirándose ambos del lugar a bordo del motovehículo, habiéndose asegurado de ese modo generar temor en los vecinos del Barrio Alborada.
Por su parte se le endilga a Blas Tano la portación del arma de fuego mencionada utilizada en el hecho descripto con anterioridad.
Publicación de Fiscalía Regional 2 · MPA