La medida se establece mediante la Resolución N° 0093, con fecha 23 de abril de 2026, en el marco del convenio de coordinación y complementación para el control del tránsito y la seguridad vial. A partir del 11 de mayo se podrán labrar las actas de infracción correspondientes.
Los controles se realizarán en dos puntos específicos: a la altura del kilómetro 374,9, en el carril con sentido de circulación ascendente (de Este a Oeste), y en el kilómetro 378,1, en el carril con sentido descendente. En ambos casos se utilizarán cinemómetros automáticos de instalación fija, con tecnología homologada por los organismos correspondientes.







































