El lunes 21 de octubre pasado se realizó la audiencia de prórroga de prisión preventiva para el instructor de ciclismo de Cañada de Gómez acusado por abuso sexual simple agravado. El juez entendió necesaria la dilación de la medida hasta el 3 de febrero de 2020 por miedo a que Giles se fugue o entorpezca el proceso. “El imputado se presenta como un “seductor”, por así decirlo, y luego avanza contra el consentimiento de la víctima con tocamientos”, expuso el Dr. Ángelo Rossini abogado de una de las víctimas. Además de forma exclusiva para La Imprenta, la palabra de Marcelo Lanzi, presidente de la Federación de Ciclismo Pista y Ruta de Buenos Aires.
Por Emanuel N. Soverchia
La Imprenta fue el primer medio que hizo público este caso y desde el primer momento viene siguiéndolo a través de diálogos y entrevistas con familiares, representantes y fuentes vinculadas a la causa. En reunión con el Dr. Ángelo Rossini, abogado defensor de una de las víctimas y parte querellante, esta vez nos relató las novedades del caso y lo acontecido durante la audiencia llevada a cabo en el mes de octubre reciente.
-Doctor; hay novedades en la causa del instructor de ciclismo imputado por abuso sexual ¿cuáles son esas novedades?
-A.R: Si, efectivamente, hay una prórroga de prisión preventiva dispuesta el lunes 21 de octubre; recordemos que es una causa de abuso sexual simple agravado por ser encargado de la educación. Nuestro estudio jurídico representa a la víctima en este hecho y nos constituimos en querellantes. El juez Rizzardi había dispuesto 90 días de prisión preventiva, los cuales se cumplieron durante esa semana; y en la última audiencia prorrogó hasta el 3 de febrero del 2020 la prisión preventiva del imputado (Jorge) Giles, por entender que se robustecieron los elementos de convicción, las evidencias; que hay peligro de que se fugue o que entorpezca el proceso y que la pena en caso de resultar una condena va a ser muy alta.
-Tenemos entendido que la defensa intervino en la audiencia argumentando la negación de la prórroga ¿Qué argumentos utilizó Mauricio Bonchini, el abogado defensor de Giles?
-A.R: sí, la defensa tuvo una intervención activa donde dice básicamente dos cosas; primero que la fiscalía no había avanzado con la investigación, si bien eso es cierto que la fiscalía no tomó nuevas medidas de investigación; nuestro estudio como querellantes sí lo hizo. Nosotros realizamos nuestra propia investigación, tomamos entrevistas testimoniales, recabamos informes psicológicos y todo eso forma parte del legajo fiscal. Y así mismo, el otro planteo de la defensa fue que ellos trajeron un informe psicológico de parte que critica la cámara gessel.
-¿Cuál es su postura ente esta intervención?
-A.R: Nosotros lo que planteamos es que, si bien puede ser una prueba de descargo, ellos tienen todo el derecho de pedir con este informe una pericia de credibilidad a la entrevistadora de cámara gessel; está previsto en el protocolo del Ministerio Público de la Acusación para la entrevista de menores en cámara gessel; y así mismo es algo que debe valorarse en el juicio. Nosotros acá invocamos lo que es la perspectiva de género. Es un hecho de violencia contra las mujeres protegido en diversas convenciones internacionales, la más importante es la afirmada en Brazil que es la de Belem do Pará. Acá la evidencia debe analizarse desde el primer momento de la investigación con la perspectiva de género que es “hay que creerle a la víctima en un primero momento”, porque este es un delito de “alcoba” donde es la víctima el único testigo directo; pero la víctima le cuenta a su psicólogo, le cuenta a su mamá, le cuenta a un amigo; todos esos son testigos de corroboración que acreditan la versión de la víctima. En este caso se mantiene un relato coherente, verosímil y sostenido por los distintos testigos de corroboración.
-También se habla de que todavía faltan algunos informes ¿que nos puede decir de esto Dr.?
-A.R: Sí, si bien hay distintas víctimas en el caso en que nosotros participamos como querellantes falta un informa de la entrevistadora en cámara gesell, una pericial informática sobre el celular del imputado y una o dos declaraciones testimoniales.
-Hablando de las víctimas, sabemos que hay más aparte de su cliente…
-A.R: Hay una más, es poco lo que yo puedo decir porque no soy querellante en esa causa. No conozco el legajo, no sé cuál es el estado actual de la investigación. Si puede decir que el juez tuvo en cuenta algo que nosotros invocamos en la última exposición que es el mismo modus operandi; donde el imputado se presenta como un “seductor”, por así decirlo, y luego avanza contra el consentimiento de la víctima con tocamientos.
-Según trascendió, el juez dio una especie de ultimátum para la causa ¿De qué se trató?
-A.R: Exactamente; si bien el juez no puede ponerle plazo a la investigación; lo que sí puede hacer es dar la libertad; decirle: “Mire Fiscalía usted quiere investigar todo el tiempo que quiera pero con el imputado en libertad”; eso fue lo que el juez hizo. Nos dijo a la fiscal y a la querella; que hasta el 3 de febrero teníamos la prórroga, y ahí teníamos que tener la investigación terminada y la acusación presentada.
-¿Cuál sería la pena que podría recibir el imputado Jorge Giles si se lo declarara culpable?
En cuanto a la pena juntando todas las imputaciones, porque tenemos una imputación por abuso sexual simple agravado por ser encargado de la educación de la cual yo soy querellante; una imputación por desobediencia judicial donde mi cliente es víctima; una imputación por abuso sexual gravemente ultrajante de la cual es víctima otra persona; y una imputación de amenazas referidas a los padres de esta otra víctima. La escala penal oscila de los 4 años de mínima a más o menos 21 años de máxima con las reglas del concurso real. Yo estimo que en caso de dictarse una condena, estaríamos cerca de los 10 o 12 años.
El imputado continuaría alojado en la dependencia de la Alcaidía de la Unidad Regional X de policía; cumpliendo la prisión preventiva hasta el 3 de febrero de 2020. Ángelo Rossini comentó a La Imprenta que su estudio jurídico con respecto a la causa donde éste forma parte de la querella tendrá la investigación terminada antes de fin de año y además presentaran para ese plazo la acusación. Dijo el letrado: “La acusación es el paso intermedio que va desde la investigación al juicio oral.
Además de forma exclusiva para nuestro periódico, dialogó con Marcelo Lanzi, presidente de la Federación de Ciclismo Pista y Ruta de Buenos Aires (FACPYR); quien hizo referencia a este tema.
Marcelo Lanzi explicó a La Imprenta: “Nosotros estamos del lado de la justicia lógicamente. Conocemos a Giles de siempre. Desde su época de ciclista. Estamos sorprendidos y conmocionados con este tema que es por demás grave. Y confiamos en una pronta sentencia a fin de terminar de esclarecer todo este tema… a su vez no tenemos ninguna relación institucional con el implicado ni tampoco fue nunca integrante de ningún cuerpo técnico de la Federación. Si reconocemos su trabajo durante muchos años dirigiendo chicos y con un importante sponsor que servía de base para el desarrollo de muchos chicos de la zona. Esperemos una pronta resolución del caso. Y como te dije confiamos plenamente en la justicia…”
“Está preso. Y enfrenta una posible condena que desconozco cuál puede ser. Él no tiene licencia de entrenador en consecuencia no hay una relación con la Federación. Hicimos un comunicado donde estamos a espera de una resolución judicial y en función de eso tomaremos una decisión. Y evaluaremos cuál será. Pero al estar privado de su libertad es poco lo que podamos hacer desde la federación. Más en este caso que aún no hay una sentencia”. Definió Lanzi.
A continuación reproducimos textualmente el documento que dicha entidad del ciclismo emitió firmado:
VISTO: Que con fecha 25 de Julio, se toma conocimiento por publicaciones periodísticas (http://www.cadenasudeste.com/articulo.php?id=2762), en la que se menciona que “ La justicia dictó la prisión preventiva a Jorge Giles, entrenador cuya escuela de ciclismo mantuvo una intensa actividad en Cañada de Gómez años atrás” y ocurriendo los hechos mencionados en el momento que el citado JORGE GILES, contaba con Licencia Federativa emitida por nuestra entidad, se resuelve enviar los antecedentes a tribunal disciplinario, el que se expide: Por todo lo expresado en los considerandos, la FEDERACION ARGENTINA DE CICLISMO DE PISTA Y RUTA (FACPYR) RESUELVE:
1- Informar a nuestras afiliadas que se NIEGA el derecho a GESTIONAR cualquier tipo de LICENCIA FEDERATIVA al Sr. JORGE RUBEN GILES, DNI 23501951, UCI CODE 10052230642, FECHA DE NACIMIENTO 27/02/1974, mientras dure el proceso judicial.
2- Informar a la Secretaría Administrativa de la FACPyR lo resuelto
3- Notifíquese y Archivase. ARGENTINA, Mar de Plata, 28/ 07 /2019