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Suspenden del cargo a la fiscal Gabriela Lescano durante 30 días por faltas graves

La medida disciplinaria de treinta días de suspensión del cargo sin goce de sueldo conforme el artículo 54 inc. 4º de la ley 13.013 fue impuesta por la comisión de faltas graves.

Emanuel Soverchia por Emanuel Soverchia
9 junio, 2021
4 min. de lectura
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Denuncian a la fiscal Gabriela Lescano por faltar al deber de objetividad y difamación
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La fiscal Gabriela Edit Lescano recibió la suspensión por la comisión de tres faltas graves.  Las faltas atribuidas a la Fiscal Dra. Lescano son divididas por la Auditoría General de Gestión en relación a dos casos:

El llamado “Caso Canteros”, relacionado con el actuar de la Dra. Lescano y el “Caso Vera”.

* Por haber arbitrado mecanismos a los fines de que un imputado revoque la designación a la defensa pública y designe en su lugar a una defensora privada para de ese modo celebrar un acuerdo de procedimiento abreviado y haber arbitrado medios manifiestamente ilegítimos, vulnerando el derecho de defensa, para obtener el consentimiento del imputado respecto del acuerdo abreviado antes referido, entrevistándose personalmente con el mismo en el establecimiento penitenciario y con sus familiares, sin presencia del defensor técnico.
* Por haber presentado acuerdo de procedimiento abreviado ante la Oficina de Gestión Judicial de la ciudad de Cañada de Gómez, luego de celebrada la audiencia preliminar, sin la conformidad del fiscal regional de la Segunda Circunscripción en incumplimiento a lo establecido en Instrucción del Fiscal General.
* Por la presentación del acuerdo de procedimiento abreviado respecto de un  en fecha 6 de septiembre de 2019 ante la Oficina de Gestión Judicial de la ciudad de Cañada de Gómez sin la conformidad del Fiscal Regional – pese a que tal extremo era exigido conforme Instrucción del Fiscal General.

Por todo lo anteriormente mencionado el Tribunal de Disciplina resolvió este lunes 7 de junio 2021, imponer a la fiscal Gabriela Edit Lescano, la sanción de treinta (30) días de suspensión del cargo sin goce de sueldo conforme el artículo 54 inc. 4º de la ley 13.013, por la comisión de faltas graves.

Con respecto a esta sanción que recibió Lescano por parte de tribunal de Disciplina; consultamos al Dr. Ángelo Rossini, quien en alguna oportunidad mantuvo un enfrentamiento con la funcionaria denunciada por uno de los clientes de Rossini a quien la letrada pidió en reiteradas veces prisión preventiva por un hecho que según los jueces nunca existió. Eso desató controversias entre los profesionales y la fiscal acusó a Rossini por acciones “mafiosas” dirigidas a su familia, por las cuales el reconocido abogado cañadense respondió con denuncias refutando esta delación, y accionó con intervenciones en distintas dependencias y medios de prensa.

Sobre resolución hacia Lescano, Rossini definió: “por lo que conozco sobre los casos por los cuales se la sancionó; creo que era razonable; y por otro lado nosotros venimos sosteniendo hace ya dos años aproximadamente, que se debería realizar un fuerte análisis sobre el accionar, que entendemos, lamentable por parte de la fiscal Lescano».
Continuó el letrado: «En distintas causas lo hemos pronunciado, incluso lo he dicho en audiencias públicas frente al juez. Un accionar, que para catalogarlo de forma suave, lo catalogamos como lamentable, el de la fiscal Lescano; y este accionar que es una forma, pareciera genérica de proceder, quedó plasmado en estas causas que fueron llevadas a un proceso disciplinario y se la dispuso una sanción; creo que es necesaria».

«El Ministerio Público de la Acusación está pasando por una crisis de legitimidad de la más grave desde su creación. Tiene que demostrar que puede autodepurarse. Si quieren sostener que el Poder Legislativo, que la Cámara de Senadores no puede controlarlos; tienen que demostrar que tienen la capacidad de dejar de lado un corporativismo, que puede ser natural incluso, para poder sancionar a los miembros de su organización que actúan por fuera de las normas, de los reglamos, por fuera de la buena fe, con la que se debe manejar un fiscal»; cuestionó Rossini.

Cuando le preguntamos al abogado cañadense si estaba de acuerdo con el peso de la sanción que recibió la fiscal, Ángelo Rossini aclaró: «creo que las faltas por las cuales se la acusó podrían haber dado lugar a una sanción más grave, quizás 45 o 60 días de suspensión, pero es una cuestión opinable», y agregó que «es algo que queda a discreción del Tribunal Disciplinario y así han actuado».
Por otra parte, este tipo de apercibimiento que se le implementó a la Fiscal Lescano, podría infundirle no sólo sanciones jurídicas sino también morales ante la mirada de la sociedad. A lo que Rossini expresó: «Ciertamente implica una falta de legitimación, ¿con que autoridad moral o institucional, la fiscal Lescano va a pedir meter preso a una persona cuando, según lo que resolvió el Tribunal Disciplinario, ella misma no puede motivarse en las normas que rige el Ministerio Público de la Acusación?».

«A raíz de esto si la fiscal Lescano pretende continuar en su cargo, debería ajustar su accionar y ser muy prudente de ahora en adelante con la forma en que va a proceder», añadió Rossini quien definió su posición sobre este tema diciendo: «Sólo espero que la fiscal Lescano recapacite a raíz de la sanción que le fue impuesta y adecúe su accionar en las normativas del MPA y en la buena fe que debe tener toda funcionaria pública, sobre quien está encargada de perseguir delitos en una época donde la delincuencia está en aumento».

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