En el marco del reordenamiento del sistema, el Ministerio de Salud de la Nación estableció a través de la Resolución 4827/2024, publicada en el Boletín Oficial, que la credencial digital única y obligatoria de profesionales de la salud ya no tendrá fecha de vencimiento. Esto significa avanzar en la simplificación y la eliminación de trámites innecesarios.
La normativa elimina el plazo de vigencia de 5 años para las matrículas otorgadas y define que aquellas credenciales digitales ya emitidas, que se encuentren vencidas antes del dictado de esta medida, pasarán a estar vigentes de manera automática, eliminando así el trámite de renovación de la misma.
Además, toda modificación y/o cambio en los datos personales del profesional deberá ser comunicada a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras. En caso de fallecimiento y/o inhabilitación por autoridad competente y/o cualquier otra causal que impida el ejercicio profesional, la autoridad sanitaria podrá cancelar o suspender la matrícula.
Es importante recordar que la Resolución Ministerial N° 3320 del pasado 29 de agosto estableció las nuevas condiciones para la realización de los trámites de matriculación, renovación y rehabilitación de matrículas para todos los profesionales de la salud registrados y los no registrados pero pasibles de incorporación. Así, a partir del 2 de septiembre –fecha de publicación de la normativa en el Boletín Oficial–, todas las matrículas profesionales de la salud pasaron a ser digitales y están disponibles en la aplicación “Mi Argentina”.