Tal como informó la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica – ANMAT – en la disposición 178/2021 publicada en el Boletín Oficial, quedó prohibido el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de un alcohol líquido y un alcohol en gel.
Según detallaron, se trata de todas las presentaciones de los productos rotulados como: «F+C Alcohol líquido 97º neutro. Higienizante y sanitizante instantáneo. Uso doméstico y hospitalario. Uso externo. Producido por Farma-Chem. Industria argentina» y «F+C Alcohol en gel neutro. Higienizante y sanitizante instantáneo. Uso doméstico y hospitalario. Producido por Farma-Chem. Industria argentina».
De esta manera, la Anmat explicó que «la firma Farma-Chem no se encontraba, al momento de la elaboración del presente informe, entre los establecimientos habilitados para fraccionar alcohol medicinal».
«Al tratarse de un producto ilegítimo, toda vez que declara datos no veraces en su rotulado, que se desconoce su origen y efectiva composición es que no puede garantizarse su calidad, seguridad y eficacia, situación que resulta en un riesgo para la salud de la población, teniendo en cuenta el contexto actual de uso de este tipo de productos destinado a la higiene y sanitización de manos», señaló luego la Anmat.
Y agregó que, «el alcohol es un producto que se utiliza sobre la piel como antiséptico o como ingrediente de formulaciones cosméticas y de higiene personal que se destinan a la sanitización de las manos, por lo cual es necesario que cumpla con los estándares de calidad y pureza establecidos por la Farmacopea Argentina para uso medicinal».