Según una de nuestras fuentes fidedignas, la siguiente es una carta emitida el pasado viernes 24 de abril por la Intendenta municipal de Cañada de Gómez, la Dra. Stella Maris Clerici, dirigida al Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Omar Perotti; solicitando a modo de propuesta para que se dé habilitación a algunas actividades restringidas hasta ahora en el marco de la cuarentena regida a través de Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 355/2020 en su artículo 2. A continuación el documento textual completo.
CAÑADA DE GÓMEZ, 24 de Abril de 2020.-
AL Señor Gobernador de la Provincia de Santa Fe
CP OMAR PEROTTI
S___________/___________D
Quien suscribe, Dra. Stella Maris Clerici, en mi carácter de Intendenta Municipal de la ciudad de Cañada de Gómez, me dirijo a Ud. en el marco de lo establecido por Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 355/2020 en su artículo 2, elevando a tal fin la siguiente propuesta de habilitación de actividades restringidas al día de la fecha.-
En tal sentido, desde este Municipio, se solicita la habilitación de las siguientes actividades en nuestra localidad, a saber:
* Comercios minoristas con horario restringido de 8.00 hs a 14 hs. (Ingreso con previa solicitud de turno, o en su defecto ingreso de no más de una persona a la vez).
* Peluquerías (con atención mediante turnos y no más de una persona a la vez).
* Trabajos de Albañilería en domicilios particulares.
* Mercerías (venta presencial con previa dación de turno y no más de una persona a la vez).
* Personal de albañilería en obra privada.
* Servicios presenciales de Peluquería, estética y manicura (mediante modalidad por turnos y no más de una persona a la vez)
* Industria en general.
* ANSES, PAMI y la totalidad de las restantes reparticiones públicas nacionales.
* Personal del Servicio doméstico.
* Pinturerías.
* Cerrajerías.
* Actividades de profesionales liberales.
* Actividades al aire libre en espacios públicos debidamente controlados y con prioridad a niños.
La propuesta referida, implica que todas las actividades detalladas, deberán ejecutarse con estricto cumplimiento de los protocolos y recomendaciones en seguridad e higiene elaboradas tanto por el Gobierno Nacional, como también por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe.
En todas las actividades propuestas, será condición para su realización, la presentación del respectivo Protocolo de Seguridad e Higiene y las pertinentes Declaraciones Juradas, de conformidad a lo dispuesto por Resolución N° 41/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de nuestra provincia.
Sin otro particular y a la espera de una inmediata y favorable respuesta, aprovecho la ocasión para saludarlo atentamente.