El Ministro de Desregulación y Transformación del Estado participó de la conferencia de prensa junto con Manuel Adorni donde anunció la prohibición de estos privilegios para los empleados del Estado.
Como parte de un paso más para terminar con la Argentina de las castas, se eliminará la prerrogativa de los empleados del sector público de tener garantizado un puesto de trabajo por carácter hereditario. El Poder Ejecutivo dispuso, a través de un decreto que será publicado en el Boletín Oficial, que no se admitirá ningún privilegio basado en vínculos hereditarios para acceder a un empleo en la administración pública nacional.
De este modo se profundiza la estrategia de racionalización del tamaño del Estado, que ya logró el recorte del 15% de la planta del personal público y la intimación para que se jubilen sin demoras aquellos empleados que están en edad de retiro. El Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, profundizó sobre la medida junto a una conferencia con Manuel Adorni. “En Aduana y AFIP hay una norma en sus estatutos que dice que luego del fallecimiento del agente se procede a la incorporación de familiares, como el hijo o el cónyuge. Esto también pasaba en ANSES, Banco Nación, Banco Central de la República Argentina, YPF y Ferrocarriles Argentinos”, afirmó.
Este ilógico privilegio colocó a los empleados públicos por encima del resto de los trabajadores de la Argentina. Pero, de ahora en más, quien ocupe un puesto en el Estado será elegido solamente por su idoneidad.
Para decirlo con claridad, nunca deberían haber existido estas ventajas, porque la propia Constitución Nacional estableció en su artículo 16 que “la Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad”.
Durante la conferencia, el ministro también habló sobre las medidas que llevó adelante respecto de este tema durante su gestión en el Banco Central, en 2018, cuando hubo un frustrado intento de terminar con esta práctica, al punto tal de que el Banco la eliminó, aunque luego se restableció en el estatuto de ese organismo en 2022. “El cambio más importante que ocurrió en el Banco Ciudad en ese momento fue el régimen de ingresos para pasar a uno meritocrático y eso ha transformado el BCRA de forma profunda y le ha dado la solidez que ha mantenido desde entonces”.
En la actualidad existen normas que generan una “Herencia” de los cargos dentro del sector público, tanto nacional como provincial y municipal.
Este decreto establece que la Secretaría de Trabajo no homologará las convenciones colectivas de trabajo que mantengan esta prebenda.
Sobran los ejemplos en este sentido, que forman parte de los convenios colectivos de varios organismos del Estado Nacional:
Aduana y AFIP: “La AFIP atenderá a la incorporación de postulantes en las situaciones especiales que se indican: a) En el caso de producirse el fallecimiento de un agente, dispondrá en forma inmediata a la postulación, la designación de un hijo o del cónyuge supérstite, según la opción que ejerzan.”
ANSES: “Para el ingreso a planta permanente tendrán prioridad, en tanto reúnan los requisitos requeridos para el puesto y en igualdad de condiciones con otros postulantes el cónyuge e hijos del personal fallecido en actividad que se haya desempeñado en ANSES.”
Banco Nación y BCRA: “En caso de muerte del empleado en actividad, padre de familia, uno de los hijos que hubiere estado a su cargo podrá optar por ingresar a la empresa, siempre que reúna las condiciones de ingreso establecidas, a satisfacción del banco y existiendo vacante en la escala inicial.”
YPF: “Tendrán prioridad en el ingreso, en caso de resultar en igualdad de condiciones de idoneidad con el resto de los postulantes, según las evaluaciones pertinentes a tal efecto, aquellos candidatos que reuniendo el perfil correspondiente sean hijos de ex trabajadores fallecidos o jubilados.”
Ferrocarriles Argentinos: “La Unión Ferroviaria a través del Secretariado Nacional elevará, para la consideración de la Gerencia General de Recursos Humanos de la Empresa, un registro de postulantes potenciales, de manera que en igualdad de condiciones se considere el ingreso de familiares, particularmente de aquellos trabajadores fallecidos, jubilados o cualquier tipo de baja contemplada en este Convenio”.
Créditos: www.argentina.gob.ar