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Ordenaron la prisión preventiva de 11 personas involucradas en la evasión de 2 internos de la Unidad XI de Piñero

La Jueza María Trinidad Chiabrera dispuso la medida cautelar a partir de lo solicitado por los fiscales Franco Carbone y Georgina Pairola en una audiencia realizada en el día de ayer. Los representantes del MPA le atribuyeron a distintas personas que se desempeñaban como funcionarios públicos en la Unidad Penitenciaria XI de Piñero, haber contribuido con su accionar a la evasión de dos internos que allí se alojaban.

Emanuel Soverchia por Emanuel Soverchia
23 mayo, 2021
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Ordenaron la prisión preventiva de 11 personas involucradas en la evasión de 2 internos de la Unidad XI de Piñero
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Once personas quedaron en prisión preventiva en el marco de la investigación por la fuga de dos presos de la cárcel Santafesina de Piñero, ocurrida el pasado lunes 17 de mayo alrededor de las 17hs. La medida cautelar fue impuesta por la jueza Chiabrera, a raíz de un pedido formulado por los fiscales Franco Carbone y Georgina Pairola, en una audiencia llevada a cabo este jueves 20 de mayo de 2021 en sala 10 de la Oficina de Gestión Judicial de Rosario.

Diez funcionarios públicos en la mira…

Diez de las personas detenidas se desempeñaban en la Unidad Penitenciaria y fueron identificadas como:

E.A.F quien se desempeñaba como celador y a R.C.R quien se desempeñaba como auxiliar de celador por los delitos de Incumplimiento de los deberes de funcionario público y Encubrimiento agravado por ser un funcionario público

H.C: Jefe de vigilancia del módulo D por los delitos de Favorecimiento doloso de evasión, Encubrimiento agravado por ser funcionarios públicos todos en concurso ideal y en carácter de coautores.

O.M: auxiliar de vigilancia de módulo D por los delitos de Favorecimiento doloso de evasión, Encubrimiento agravado por ser funcionarios públicos todos en concurso ideal y en carácter de coautores.

F.S: Conserje del módulo D por los delitos de Favorecimiento doloso de evasión, Encubrimiento agravado por ser funcionarios públicos todos en concurso ideal y en carácter de coautores.

W.G: cuarto vigilante del módulo D por los delitos de Favorecimiento doloso de evasión, Encubrimiento agravado por ser funcionarios públicos todos en concurso ideal y en carácter de coautores.

N.L: encargado del portón N° 2 por los delitos de Favorecimiento doloso de evasión, Encubrimiento agravado por ser funcionarios públicos todos en concurso ideal y en carácter de coautores.

M.R: auxiliar portón N°2 por los delitos de Favorecimiento doloso de evasión, Encubrimiento agravado por ser funcionarios públicos todos en concurso ideal y en carácter de coautores.

J.J.L: Jefe de requisa por los delitos de Favorecimiento doloso de evasión, Encubrimiento agravado por ser funcionarios públicos todos en concurso ideal y en carácter de coautores.

H.M.O Director de la Unidad Penitenciaria N°11 de Piñero se le imputo el delito de Incumplimiento y omisión de los deberes de funcionario público en concurso real con Encubrimiento agravado por ser funcionario público todos en concurso ideal y en carácter de autor.

Un carro, un contenedor plástico y una caja de cartón…

El Fiscal Dr. Franco Carbone de la Unidad de Flagrancia le atribuyó a E.A.F y a R.C.R en fecha 17 de mayo de 2021 antes de las 16.30 teniendo a su cargo el control y seguridad de todo ingreso y egreso de personas y objetos al pabellón N°13 permitieron el ingreso de J.C, quien visitaba a C.A.D interno del lugar, y a una persona más la cual utilizo otra identificación. Cada una de ellas transportaba un carro con un contenedor plástico y una caja de cartón; plataformas que usaron para esconder y lograr la evasión de C.A.D y H.A.P. E.A.F y R.C.R favorecieron la evasión de los mismos ya que está prohibido el ingreso de elementos al pabellón así también se les atribuye no haber dado aviso a tiempo y forma a la fiscalía lo que hubiera permitido la recaptura de los mismos.

A H.C, O.M, F.S ,W.G, N.L, M.R, J.J.L se les atribuyó en fecha 17 de Mayo de 2021 antes de las 16:30 horas aproximadamente, quiénes se desempeñaban como personal a cargo de los ingresos y egresos de personas y efectos desde la puerta de salida del Pabellón 13 del módulo D de la Unidad Penitenciaria de Piñero, hasta el portón de ingreso principal de la Unidad Penitenciaria, ocupando cada uno un puesto de vigilancia y requisa fijo y hallándose a cargo de la apertura y cierre de cada una de ellas y del tránsito de personas y cosas a través de las mismas, favoreciendo evasión de los internos condenados y alojados en la Unidad XI de Piñero, C. A. D y H A P. su accionar consistió en haber permitido el egreso de los mismos ocultos en el interior de un carro con ruedas que cargaba con un contenedor plástico y una caja de cartón colocada como tapa del mismo, y que eran transportados por las llamadas J. C (visitante del interno condenado C.AD) y una persona identificada bajo el nombre de T.G, que había falsamente acreditado dicha identidad con DNI a nombre de esa persona (visitante del interno condenado H.A.P); desde la salida del Pabellón Nro. 13 del Módulo D de la Unidad XI y hasta el playón de estacionamiento de la misma, omitiendo efectuar la debida y correspondiente requisa de los carros, encubriendo con estas conductas la fuga cometida por los mismos, ayudándolos con su accionar, a sustraerse de la autoridad penitenciaria, a cuya disposición se hallaban en virtud de su calidad de condenados los internos mencionados, y a eludir la investigación de la fiscalía por no haber dado aviso a la misma en tiempo y forma oportunos para lograr la recaptura de los internos evadidos y determinar la responsabilidad de los agentes penitenciarios involucrados en la misma, incumpliendo también de este modo, sus deberes de funcionario público.

H.M.O se le atribuyó en fecha 17 de Mayo de 2021 antes de las 16:30 horas aproximadamente, en su carácter de Alcaide Mayor, Director de la Unidad Penitenciaria Nro. 11 de Piñero, siendo la máxima autoridad del establecimiento haber omitido dar aviso en tiempo y forma adecuados a la autoridad competente (fiscal de flagrancia en turno del M.P.A.), causando de este modo perjuicio a las diligencias y celeridad de la investigación iniciada respecto de la evasión de los internos quiénes se encontraban condenados cumpliendo pena en el establecimiento penitenciario a su cargo- y de la responsabilidad en la misma de los agentes penitenciarios de su unidad y a su cargo, no anoticiando ni denunciando el delito cometido por los mismos, no individualizando a los partícipes del mismo ni a sus dependientes que favorecieron la misma, frustrando de este modo la celeridad y diligencia de las medidas tendientes para lograr la recaptura de los internos evadidos y determinar la responsabilidad de los agentes penitenciarios involucrados en la misma, incumpliendo también de este modo sus deberes de funcionario público al no ejecutar los reglamentos que les incumben en su carácter de jefe de máximo responsable del buen funcionamiento de la unidad penitenciaria al permitir también el retiro de los agentes penitenciarios que tuvieron responsabilidad en el favorecimiento de la evasión.

Otros eslabones claves para la fuga…

Por otra parre la Fiscal Dra. Georgina Pairola de la Unidad de Homicidios Dolosos le imputó a J.C los delitos de Favorecimiento de evasión en carácter de autor y a Y.L Encubrimiento y Tenencia de arma de fuego de uso civil.

Le atribuyó a J.C el hecho ocurrido el día 17 de mayo de 2021 aproximadamente a las 16.20hs cuando la misma facilito la evasión del C.A.D al ingresar a la Unidad Penitenciaria de Piñero a visitar al mismo; J.C ingreso en calidad de pareja del interno y utilizando un carro ocultó a C.A.D y se retiró del lugar en un automóvil que se encontraba estacionado en el playón de dicho Complejo. Tras un allanamiento en fecha 19 de mayo de 2021 en calle Julio Roca al 600 de Villa Gob. Gálvez, se logró recapturar a C.A.D y también aprehender a Y.L quien prestaba su finca como refugio.

Se imputó a Y.L en fecha 19 de mayo de 2021 aproximadamente a las 15.20hs haber ocultado a C.A.D en su domicilio de calle Julio Roca al 600 de Va. Gob. Gálvez a sabiendas de que el mismo se encontraba evadido, colaborando de esta forma a sustraerse de la justicia. Asimismo se le atribuye haber tenido en el interior de su vivienda, una escopeta con tres cartuchos intactos y un blíster con 7 cartuchos intactos calibre 780.

C.A.D se encontraba cumpliendo una condena a 23 años de prision efectiva por los delitos de Homicidio en ocasion de robo agravado por el uso de arma de fuego, tenencia ilegal de arma de fuego de guerra, Encubrimiento agravado por animo de lucro, dos hecho, alteración y supresión de numeración de objeto registrable, dos hechos, y Portación ilegal de arma de fuego de guerra agravada por antecedentes penales por delitos dolosos contra las personas; dictada en fecha 12 de marzo de 2018.

La Jueza de Primera Instancia Dra. María Trinidad Chiabrera tuvo por formulada audiencia imputativa dictando la prisión preventiva efectiva por el plazo de 45 días.

Fuente: mpa.santafe.gov.ar

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